DERECHO

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jueves, 2 de octubre de 2014

¿En nuestro país, las autoridades administrativas respetan el derecho de los administrados dentro de un Procedimiento Administrativo? ¿Sí o No? ¿Por qué?

Actualmente la corrupción es un tema de todos los días, nos los dicen los medios de comunicación, y nosotros los ciudadanos podemos darnos cuenta de esa dura realidad, que si las autoridades respetan los derechos de los administrados dentro del Procedimiento administrativo, tal vez exista en ciertas jurisdicciones en la que no exista un control del cumplimiento de las leyes, que es debido al desconocimiento de los mismos administrados de sus derechos (Art. 55º) y de las obligaciones (Art. 75º) que tienen las autoridades en el proceso, tal como lo dice la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Pero alegar ignorancia de la ley es algo que la doctrina y la normativa no le toma en consideración, puesto que después de su publicación en el Diario Oficial el Peruano, se presume que todos los ciudadanos conocen la ley. Pero esto no se daría si existieran autoridades que cumplen lo ya establecido en el Art. 75º inciso 9 sobre los deberes de las autoridades en el proceso: "(...) del deber de proteger, conservar y brindar asistencia a los derechos de los administrados, con la finalidad de preservar su eficacia", en este inciso que podemos deducir que todas las autoridades deben respetar los derechos del administrado dentro del Procedimiento Administrativo, no como una facultad, sino como una obligación que se le fue dada taxativamente por la Constitución, la ley y el derecho.

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