La argumentación jurídica es la
vida de un abogado, no existe letrado alguno que no conozca el arte de
argumentar; pues desde que un cliente nos consulta, ya empezamos a emplearla,
pues tenemos que convencer al propio cliente de que la medida que estamos
tomando es la mas adecuada, la que esta conforme a ley, y que le es mas
favorable; posteriormente en el ejercicio de la abogacía ante los tribunales,
es mas notorio y loable su uso, pues no solo se intentará convencer a un Juez
de nuestros alegatos conjuntamente con medios probatorios, sino que la
argumentación también se manifiesta cuando contradecimos a la parte contraria
sea Demandante o Demandado, y aunque no lo exista como es el caso de un
procedimiento administrativo, también trataremos de convencer a la autoridad
administrativa del error que ha incurrido o del daño que se nos esta causando;
pues la argumentación es algo más que simple palabras usadas para convencer,
son algo mas que eso, pues en ellas se debe plasmar el objetivo que se persigue
y la estrategia argumentativa que se utilizará para lograrlo, identificar con
toda objetividad los hechos y el valor jurídico que tiene, diseñar
adecuadamente el discurso con orden, coherencia y cohesión para lograr
convencer al juez, y utilizar técnicas argumentativas disuasorias para presentarlas
en los alegatos de apertura y de clausura. Pues como se dijo líneas arriba la
argumentación es todo un arte, y como tal no se aprende de la noche a la
mañana, se aprende con la práctica continua y constante a lo largo del
ejercicio de la abogacía, es así que se nos convierte primero como un hábito y
posteriormente se convierte en nuestra vida.
DERECHO

martes, 12 de julio de 2016
sábado, 11 de junio de 2016
LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LA PRAXIS
¿Cree usted que, en la vida diaria, tienen aplicación práctica los conceptos sobre responsabilidad civil que hemos estudiado en estas dos unidades de trabajo en clases? Desarrolle su respuesta citando ejemplos y explicando su perspectiva al respecto.
La interrogante fue presentada por un docente de Responsabilidad Contractual de la universidad en la que estudio, la cual se respondió en un Foro subido en el Campus Virtual, y mi opinión es la siguiente:
En las diferentes etapas de un ser humano, es decir desde su infancia,
juventud y adultez, siempre esta presente la frase “uno es responsable por sus
actos”, que indirectamente engloba el significado de la responsabilidad civil. Lo
que conlleva afirmar que los conceptos estudiados de Responsabilidad Civil
tienen una aplicación en la vida diaria. Los ejemplos siempre están a la vuelta
de la esquina, como es en una tienda donde se vende objetos de loza y se ha
formado un alboroto por la ruptura de gran parte de la mercancía a consecuencia
de un niño inquieto, siendo la madre la obligada a responder por esos daños; también
si seguimos avanzando podremos ver como un par de vecinos están tratando de
alejar a un perro embravecido que ataca a una adulta mayor, y a la vez otros
señores buscando al dueño del perro, el cual se encontraba en la otra esquina
viendo el alboroto en la tienda y no se había percatado que su animal se le había
escapado. Si nos alejamos de esa zona y seguimos avanzando seremos testigos de
un accidente de tránsito, quedando un señor tendido en la pista sin vida, en la
que responderán ante los deudos serán el chófer del ómnibus y la misma empresa
de transportes (responsabilidad vicaria), siendo todos estos ejemplos de
responsabilidad extracontractual. Los ejemplos de responsabilidad contractual
se encontraran siempre en actividades mercantiles o económicas, en donde
existirá un acreedor dañado y un deudor dañante.
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